Consultas Inmuebles declarados patrimonio

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CARTA DE ATENAS

CONFERENCIA DE ATENAS - 1931

 

Resoluciones

 

1. Convencida de que la conservación del patrimonio artístico y arqueológico de la humanidad interesa a todos los estados que tutelan la civilización, la Conferencia propone que los estados se presten recíprocamente una colaboración cada vez más amplia y concreta para favorecer la conservación de los monumentos de arte y de historia.

 

Se considera que es altamente deseable que las instituciones y los grupos calificados, sin interferir en lo muy mínimo con el derecho público internacional, pueda manifestar su interés por la salvaguardia de las obras en las cuales la civilización ha encontrado su mayor expresión y que se muestran amenazadas.

 

Se emite el voto de que las solicitudes a este respecto subordinadas a la organización de la cooperación intelectual tras las encuestas hechas por la Oficina Internacional de los Museos, corresponden a la preocupación activa de cada uno de los estados.

 

Competerá a la Comisión Internacional de la Cooperación Intelectual, a solicitud de la Oficina Internacional de los de sus órganos locales, pronunciarse sobre las medidas que sea oportuno adoptar y el procedimiento que se debe seguir en cada caso Particular.

 

2. La Conferencia ha recogido la exposición de los principios generales y de las doctrinas que se refieren a la protección de los monumentos.  Se comprueba que a pesar de la variedad de los casos especiales a los cuales pueden corresponder soluciones particulares en los diversos estados representados, domina una tendencia general hacia el abandono de las restituciones integrales y se trata de evitar riesgos instituyendo un mantenimiento regular y permanente que permita asegurar la conservación de los edificios.

 

En el caso en que la restauración sea indispensable, debido a degradaciones o destrucciones, se respetará la obra histórica y artística del pasado sin proscribir el estilo de ninguna época.

 

La Conferencia recomienda mantener, cuando sea posible, la ocupación de los monumentos asegurando así su continuidad vital, con tal que el destino moderno respete el carácter histórico y artístico de la obra.

 

3. La Conferencia ha estudiado la exposición de las legislaciones que han tenido como objetivo, en las diferentes naciones, la protección de los monumentos de interés histórico, artístico o científico.  Unánimemente se ha aprobado la tendencia general que en esta materia consagra un derecho de la colectividad frente al interés privado.  Se ha comprobado que la diferencia entre estas legislaciones procede con el derecho de los particulares en consecuencia aun aprobando la tendencia general se estima que las legislaciones deber ser apropiadas a las circunstancias locales y al estado de la opinión pública, con objeto de encontrar las menores oposiciones posibles y tener en cuenta los sacrificios que los propietarios pueden sufrir frente al interés general.

 

Se emite el voto de que en cada estado, la autoridad pública cuente con el poder de tomar las medidas de conservación en estos casos de urgencia.

 

Se desea finalmente que la Oficina Internacional de los Museos Públicos tenga al día una recopilación y una lista comparada de las legislaciones vigentes en los diferentes estados sobre esa materia.

 

4. La Conferencia comprueba con satisfacción que los principios y técnicas expuestos en las diferentes comunicaciones particulares están inspirados en una tendencia común, cuando se trata de ruinas, se impone una conservación escrupulosa y cuando las condiciones lo permiten es conveniente colocar en su lugar los elementos originales que se encuentren (anastilosis): los materiales nuevos necesarios para esta operación deberán ser siempre reconocibles, cuando al contrario la conservación de ruinas sacadas a la luz en una excavación se reconociera como imposibles, es aconsejable, antes que puedan ser destituidas, volverlas a cubrir, después de haber tomado, naturalmente, levantamientos precisos.

 

Es evidente que la técnica de la excavación y la conservación de los restos impone la estrecha colaboración entre el arqueólogo y el arquitecto en lo que se refiere a otros monumentos, reconociendo que cada caso se presenta con carácter especial, los expertos han manifestado su acuerdo al aconsejar, antes de cualquier obra de consolidación o de restauración parcial llevar a cabo un estudio meticuloso de las enfermedades que es necesario remediar.

 

5. Los expertos han recogido diversas comunicaciones relativas al uso de materiales modernos para la consolidación de los edificios antiguos; se aprueba el uso juicioso de todos los recursos de la técnica moderna y muy especialmente el del cemento armado.  Se expresa la opinión de que normalmente estos medios de refuerzo deban disimularse para no alterar el aspecto y el carácter del edificio por restaurar; se recomienda especialmente su uso en los casos en que se logra conservar los elementos "in situ" evitando los riesgos del desmontaje y la reconstrucción.

 

6. La Conferencia comprueba que en las condiciones de la vida moderna, los monumentos del mundo entero se encuentran cada vez más amenazados por agentes externos; aun no pudiendo formular reglas generales que se adapten a la complejidad de cada caso se recomienda:

a)       la colaboración de todos los países de los conservadores de monumentos y de los arquitectos, con los representantes de las ciencias físicas: químicas y naturales para alcanzar resultados seguros de aplicaciones siempre mayores;

b)      la difusión, por parte de la Oficina Internacional de los Museos, dé estos resultados mediante noticias y publicaciones regulares sobre los trabajos emprendidos en los diversos países.

 

En lo que respecta a la conservación de la escultura monumental, la Conferencia considera que el desplazamiento de las obras del marco en el cual fueron creadas debe considerarse inoportuna: como principio se recomienda a título de precaución la conservación de las piezas originales cuando todavía existen, y la ejecución de las copias cuando éstas faltan.

 

7. La Conferencia recomienda respetar en la construcción de los edificios el carácter y la fisonomía de la ciudad, especialmente en la proximidad de los monumentos antiguos en donde el ambiente debe ser objeto de atenciones particulares igual respeto debe tenerse para ciertas perspectivas especialmente pintorescas.

 

También pueden ser objeto de estudio las plantaciones y ornamentos vegetales cercanos a ciertos monumentos con el fin de conservar el carácter antiguo.

 

Se recomienda sobre todo la supresión de toda publicidad, de toda superposición abusiva de postes o hilos telegráficos y de la industria ruidosa e invasora en la proximidad de los monumentos de arte y de historia.

 

8. La Conferencia emite los siguientes votos:

a)       que los diversos estados, allí donde las instituciones están creadas o se reconozcan competentes en esta materia, publiquen inventario de los monumentos históricos nacionales, acompañado de fotografías y de informaciones;

b)      que cada estado cree un archivo en el que se conserven los documentos relativos a los propios monumentos históricos;

c)       que la Oficina Internacional de los Museos dedique en sus publicaciones algunos artículos a los procedimientos y métodos de conservación de los monumentos históricos;

d)      que la misma Oficina estudie la mejor difusión y utilización de los datos arquitectónicos, históricos y técnicos así centralizados.

 

9. Los miembros de la Conferencia, después de haber visitado en el transcurso de sus trabajos y durante el crucero de estudio realizado, algunas de las excavaciones y monumentos antiguos de Grecia, rinden unánimemente homenaje al gobierno helénico, que desde hace largo tiempo, mientras él mismo realizaba trabajos considerables, ha aceptado la colaboración de los arquitectos y de los especialistas de todos los países.  Estos han encontrado así un ejemplo que contribuye a la realización de los objetivos de cooperación intelectual, cuya necesidad se hizo tan evidente en el transcurso de sus trabajos.

 

10. La Conferencia, profundamente convencida de que la mejor garantía de conservación de los monumentos y de las obras de arte proviene del afecto y del respeto del pueblo, y considerando que estos sentimientos pueden ser notablemente favorecidos por una acción adecuada de los poderes públicos, emite el voto de que los educadores dedicaron todo su cuidado para habituar a que la infancia y la juventud se abstengan de todo acto que pueda degradar a los monumentos y los guíen para que entiendan su significado y se interesen, en forma más general, por la protección de los testimonios de toda civilización.